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S. I. B. - Artículos filtrados por fecha: Febrero 2022

La Sociedad de Ingenieros de Bolivia (SIB) invita a profesionales en ingeniería de todas las especialidades, registrados, a participar como expositores del Ciclo de Webinars: Ingeniería 2022 – Rumbo al Centenario.

Los webinars se transmiten en vivo todos los lunes y miércoles a hrs.19:00 a través de Facebook Live y/o zoom y tienen una duración máxima de 50 minutos (Incluida la ronda de preguntas).

Envíanos tu propuesta con el título, tema de la presentación en Power Point, Prezi, Genially o cualquier otro programa, acompañado de tu CV al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Fecha límite para enviar propuesta: viernes 15 de abril de 2022
Primer Ciclo: Del 4 de abril al 30 de mayo de 2022

La fecha de cada exposición se establece considerando la programación del ciclo de webinars.
Enviar la propuesta no garantiza la realización del evento.
Los webinars son gratuitos para todo el público y la SIB no ofrece una remuneración económica para los ponentes.

Publicado en Noticias SIB

El presente Artículo describe la relación e importancia que existe entre los Sistemas de Calidad Regionales y cómo estos deben interactuar con el aparato productivo nacional.

  1. INTRODUCCIÓN.

A partir de la comprensión de la Infraestructura de la Calidad en Bolivia [1], a nivel regional existen Sistemas de Calidad similares, los cuales, a pesar de ser tratados por instancias gubernamentales nacionales y extranjeras, guardan estrecha relación y pueden impactar con las empresas nacionales, por lo que resulta relevante tomar conocimiento de los mismos.

    • DEL ACUERDO DE OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO (OTC)

El Acuerdo de OTC de la Organización Mundial del Comercio (OMC), entre sus objetivos considera que los Reglamentos Técnicos (RTs) y los procedimientos de evaluación de la conformidad no sean discriminatorios ni creen obstáculos innecesarios al comercio, así como la facilitación al comercio, transparencia y la creación de un entorno comercial previsible [2]. Para el caso de Bolivia el Acuerdo fue ratificado por la Ley 1637 del 05/07/1995.

  • DEL SISTEMA ANDINO DE LA CALIDAD (SAC) DE LA COMUNIDAD ANDINA – CAN

Actualmente el SAC se encuentra bajo la Dirección General 1 de la estructura de la CAN, y está normado bajo el marco de la Decisión 850 [3]; asimismo, el mencionado Sistema tiene por objeto: facilitar el comercio intra-subregional, a través de la mejora en la calidad de los productos, y la eliminación de obstáculos técnicos innecesarios al comercio, para lo cual está conformado por las actividades de Normalización Técnica, Acreditación, Evaluación de la Conformidad, Reglamentación Técnica y Metrología las cuales repercuten y son aplicables a todos los productos que se fabriquen o comercialicen en la Subregión Andina [4], en ese sentido, Bolivia como miembro pleno de la CAN debe aplicar las normativas que emanen del SAC.

  • DEL SUB GRUPO DE TRABAJO (SGT) N° 3 DEL MERCADO COMÚN DEL SUR – MERCOSUR

MERCOSUR es un proceso de integración regional integrado por Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay [5], para el caso de Bolivia, éste se encuentra en proceso de adhesión, por lo que puede participar de las reuniones de MERCOSUR con derecho a voz

Dentro de MERCOSUR se encuentra el Grupo Mercado Común (GMC) que tiene bajo su tuición al Subgrupo de Trabajo (SGT) N° 3 de Reglamentos Técnicos y Evaluación de la Conformidad [6], cuyo objeto es el de elaborar Reglamentos Técnicos MERCOSUR (RTM) y Procedimientos MERCOSUR de Evaluación de la Conformidad (PMEC), armonizados entre todos los países miembros para evitar OTCs y que faciliten la libre circulación de las mercancías. El SGT N° 3 tiene Comisiones de Trabajo, que elaboran RTs para su cumplimiento obligatorio; tales como: Alimentos, Metrología, Industria Automotriz, Juguetes, Evaluación de la Conformidad, Seguridad de Productos Eléctricos, Gas y Bicicletas.

Como se mencionó anteriormente, en la actualidad existen Sistemas de Calidad Regionales tales como el SAC y el SGT N° 3, los cuales si bien cuentan con estructuras diferentes, persiguen objetivos similares, ambos en el marco del Acuerdo OTC, estableciendo así medidas regulatorias de productos, considerando para ello características técnicas para la fabricación y/o importación de los mismos dentro del comercio entre países, sin embargo, debe destacarse que los RTs elaborados a lo interno de los bloques económicos CAN y MERCOSUR, deben ser cumplidos tanto por los fabricantes nacionales de los países miembros, como por los productos de importación, aunque estos provengan de países no pertenecientes a dichos bloques, dando cumplimiento a los principios del Acuerdo.

En ese sentido, es importante que los fabricantes nacionales dentro del territorio boliviano tomen conocimiento de las medidas regulatorias que van siendo elaboradas por el SAC y el SGT N° 3, en los diferentes ámbitos y rubros, a fin de evitar conflictos en el cumplimiento de los estándares de calidad o procedimientos de evaluación de la conformidad requeridos en los RTs.

Bajo ese marco, existen portales por los cuales las empresas, industrias y demás interesados pueden acceder a información de medidas regulatorias que van siendo trabajadas en los diferentes sistemas, las cuales son:

Para RTs de la CAN: http://extranet.comunidadandina.org/sirt/public/index.aspx

Para RTMs: http://www.puntofocal.gov.ar/mercosur_sgt_subgrupo.htm

Asimismo, las empresas pueden participar en la elaboración de los RTs coordinando con las Instancias Gubernamentales cabezas de sector correspondientes.

  • Bolivia como miembro pleno de la CAN y adherente de MERCOSUR, forma parte del SAC y del SGT N° 3 por medio de sus Instancias Gubernamentales, participando en la elaboración de RTs cuya aplicación es obligatoria.
  • Las empresas nacionales pueden participar en la elaboración de RTs tratados tanto en el SAC como en el SGT N° 3, como parte enteramente técnica y entendida en la elaboración de sus productos los cuales, aunque no sean exportados deberán aplicar los estándares de calidad exigidos para su comercialización en el mercado local.
  • Las empresas pueden tomar conocimiento y presentar consultas a las medidas regulatorias en su etapa de proyecto por medio de los portales de consulta a cargo de la Instancia Gubernamental correspondiente.
  1. BIBLIOGRAFÍA.

 

El contenido y los conceptos emitidos en los artículos son de exclusiva responsabilidad de sus autores y no necesariamente reflejan la posición de la Sociedad de Ingenieros de Bolivia. 

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